Lo esencial
Los votos se cuentan por provincias. Cada una elige un número fijo de diputados (350 en total) y los reparte entre las candidaturas según los votos de cada una, con la ley D’Hondt, que favorece algo a las más votadas. Las que no llegan al 3 % de los votos válidos de la provincia no entran en el reparto.
Cómo funciona, paso a paso
Imagina una provincia que elige 5 diputados, a la que se presentan cuatro candidaturas (A, B, C y D) y en la que hay 100.000 votos válidos. Las cuatro superan el 3 %.
- Cada lista empieza con sus votos.
- El escaño va a la lista con el número más alto.
- A esa lista se le divide su total entre 2. Si gana otro escaño, entre 3, y así sucesivamente: cada escaño nuevo le «cuesta» más votos.
- Se repite hasta repartir todos los escaños.
Escaño 1 → Lista A
A
40.000
votos
B
28.000
votos
C
19.000
votos
D
13.000
votos
Escaño 2 → Lista B
A
20.000
votos ÷ 2
B
28.000
votos
C
19.000
votos
D
13.000
votos
Escaño 3 → Lista A
A
20.000
votos ÷ 2
B
14.000
votos ÷ 2
C
19.000
votos
D
13.000
votos
Escaño 4 → Lista C
A
13.333
votos ÷ 3
B
14.000
votos ÷ 2
C
19.000
votos
D
13.000
votos
Escaño 5 → Lista B
A
13.333
votos ÷ 3
B
14.000
votos ÷ 2
C
9.500
votos ÷ 2
D
13.000
votos
D se queda sin escaño: sus 13.000 votos nunca llegan a ser el número más alto. Así funciona siempre: quien tiene más votos consigue más escaños, pero cada escaño «cuesta» más votos que el anterior. Es lo mismo que dividir los votos de cada lista entre 1, 2, 3… y quedarse con los 5 resultados más altos, que es como lo escribe la ley.
Dos reglas más
Los votos en blanco cuentan como válidos al calcular el 3 %; los nulos, no. Y si dos cocientes empatan, gana la lista con más votos en total.
Por qué importa el tamaño de tu provincia
El reparto se hace dentro de cada provincia, así que cuántos escaños se eligen allí cambia mucho las cosas. Con pocos escaños solo entran las candidaturas más votadas: con dos, quien supera un tercio de los votos tiene escaño seguro, y las demás se quedan fuera aunque pasen del 3 %. Con muchos escaños, el listón real baja hasta acercarse al 3 % legal, y pueden entrar también candidaturas más pequeñas. Ceuta y Melilla eligen un diputado cada una: lo gana la candidatura más votada.
Escaños que elige cada provincia el 29 de noviembre (Real Decreto 806/2026):
- 38
Madrid
- 32
Barcelona
- 16
Valencia/València
- 12
Alicante/Alacant, Sevilla (2)
- 11
Málaga
- 10
Murcia
- 8
A Coruña, Bizkaia, Cádiz, Islas Baleares, Las Palmas (5)
- 7
Asturias, Granada, Pontevedra, Santa Cruz de Tenerife, Zaragoza (5)
- 6
Almería, Córdoba, Gipuzkoa, Girona, Tarragona, Toledo (6)
- 5
Badajoz, Cantabria, Castellón/Castelló, Ciudad Real, Huelva, Jaén, Navarra, Valladolid (8)
- 4
Albacete, Araba/Álava, Burgos, Cáceres, La Rioja, León, Lleida, Lugo, Ourense, Salamanca (10)
- 3
Ávila, Cuenca, Guadalajara, Huesca, Palencia, Segovia, Teruel, Zamora (8)
- 2
Soria
- 1
Ceuta, Melilla (2)
Haz la prueba
Cambia los votos de cada candidatura y mira cómo se reparten los escaños con la misma regla. Es un ejercicio para entender el método, no una previsión del resultado.
Parte de los votos reales de 2023 y reparte los 2 escaños de 2026. No es una previsión.
Soria: 2 escaños
Último escaño: PSOE. A Soria ¡Ya! le faltan 5.270 votos para quitárselo.
Pulsa + o − para sumar o restar un punto porcentual. Lo que gana una candidatura lo pierden las demás, en proporción.
- Partido Popular1 escaño0
37,2 %
en 2023: 37,2 %
- PSOE1 escaño0
29,5 %
en 2023: 29,5 %
- Soria ¡Ya!0 escaños0
19,1 %
en 2023: 19,1 %
- VOX0 escaños0
9,8 %
en 2023: 9,8 %
- Sumar0 escaños0
3,4 %
en 2023: 3,4 %
Los votos en blanco (0,6 %) y las candidaturas con menos del 1 % (0,5 % en conjunto) se quedan como en 2023.
Y el Senado
El Senado no usa la ley D’Hondt. En cada provincia se eligen cuatro senadores (tres en Gran Canaria, Mallorca y Tenerife; dos en Ceuta y en Melilla; uno en cada una de las demás islas). En la papeleta única marcas con una cruz a los candidatos que quieras, hasta tres en una provincia, y salen elegidos los más votados. Cómo se vota cada papeleta.
Fuentes
- Ley Orgánica del Régimen Electoral General, art. 163 (reparto de escaños) y arts. 161 a 166.
- Real Decreto 806/2026, de convocatoria: diputados de cada provincia.
- Junta Electoral Central, resultados de 2023 (BOE-A-2023-18907): votos de partida del simulador.