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Tu Papeleta

Guía · Elecciones generales del 29 de noviembre de 2026

Voto por correo: plazos y cómo pedirlo

Si no vas a estar el domingo 29 en tu colegio, puedes votar por correo. Se pide en Correos y el envío es gratuito.

Plazos

  • Pedirlo: desde el 6 de octubre hasta el jueves 19 de noviembre, ambos incluidos.
  • Recibir la documentación: entre el lunes 9 y el domingo 22 de noviembre.
  • Entregarlo en Correos: hasta el miércoles 25 de noviembre.

Las dos fechas que no se pueden pasar

Jueves 19 de noviembre: último día para solicitar el voto por correo.

Miércoles 25 de noviembre: último día para depositar tu voto en Correos.

Quién puede y qué implica

Antes de pedirlo, conviene saber una consecuencia:

Después de pedirlo, no votas en persona

Al admitirse tu solicitud, el censo anota que has pedido el voto por correo, para que no puedas votar en persona el día de las elecciones.

Quien vive en el extranjero, o está fuera de España temporalmente, no puede pedirlo por internet desde allí. Los plazos y la forma de hacerlo están en la web oficial de las elecciones y en tu consulado.

Cómo pedirlo

La solicitud debe hacerse personalmente: no vale que otra persona la haga por ti (salvo el caso de enfermedad que se explica al final). Tienes tres vías.

En una oficina de Correos

Ve en persona a cualquier oficina de Correos con tu DNI, tu pasaporte u otro documento oficial con foto. Correos comprueba tu identidad y tu firma. Nunca se admiten fotocopias.

Por internet, con certificado digital o DNI electrónico

Puedes hacerlo desde la web de Correos con un DNI electrónico o un certificado digital válido. Necesitas la aplicación AutoFirma: completas la solicitud, la firmas electrónicamente y la descargas.

Por internet, sin certificado

Rellena la solicitud en la sede electrónica del INE, imprímela por duplicado, fírmala y llévala a una oficina de Correos. El INE avisa de que, si no se imprime y se presenta en Correos, el voto por correo no se tramita.

Por una persona autorizada (solo por enfermedad o incapacidad)

Solo si no puedes presentarte en persona, y lo acreditas con una certificación médica oficial y gratuita. La otra persona necesita un poder notarial o consular individual para ti, y no puede representar a más de un elector. La Junta Electoral comprueba cada caso. Interior indica que el notario es gratuito y que puede desplazarse a tu domicilio, hospital o residencia (guía de accesibilidad).

Qué recibes y cuándo

La Oficina del Censo Electoral te manda la documentación por correo certificado entre el 9 y el 22 de noviembre. Se envía después de que se resuelvan los recursos contra las candidaturas, cuyo último día es el 12 de noviembre. Contiene:

  • las papeletas y los sobres de votación;
  • el certificado de inscripción en el censo;
  • un sobre con la dirección de tu mesa;
  • una hoja explicativa.

El aviso de recibo lo firmas tú, tras acreditar tu identidad. Si no estás en casa, tienes que recoger la documentación personalmente en la oficina de Correos (o a través de un representante autorizado).

Cómo enviarlo, paso a paso

  1. Elige tu papeleta del Congreso y métela en el sobre blanco.
  2. Marca tu papeleta del Senado y métela en el sobre sepia.
  3. Mete los dos sobres de votación y el certificado de inscripción en el censo en el sobre dirigido a tu mesa.
  4. Entrégalo en Correos, que lo remite por correo certificado, a más tardar el miércoles 25 de noviembre. El sobre no necesita franqueo.

Es gratuito

El envío no te cuesta nada: lo compensa el Ministerio del Interior.

Correos indica que lo ideal es que lo entregues tú. Si no puedes, otra persona puede llevarlo con tu autorización firmada, una fotocopia de tu documento de identidad y su propio documento.

Correos conserva el correo hasta el día de la votación y lo lleva a las mesas a las 9:00. Lo que llegue hasta las 20:00 del 29 de noviembre también se traslada. Lo que llegue después de las 20:00 va a la Junta Electoral de Zona. Por eso no conviene dejarlo para el último día.

Si trabajas lejos de tu domicilio y votas por correo, tienes derecho a hasta cuatro horas retribuidas para pedir el certificado y para enviar el voto (Real Decreto 605/1999, art. 13).

Seguir el estado de tu voto

El INE tiene un servicio, sin certificado electrónico, para consultar el estado de tu voto por correo y el número de tu envío certificado: consulta del voto por correo.

Fuentes

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